Ciudad de México. El Gobierno Federal publicó dos decretos en la versión vespertina de ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que abordan dos temas que benefician al sector magisterial, uno en materia de movilidad que implica cambios de centro de trabajo de los docentes, que beneficiará la antigüedad del trabajador, y el otro es sobre la congelación de la edad de jubilación de los trabajadores del Estado.
El documento sobre la movilidad del magisterio en el Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros instruye a la Secretaría de Educación Pública para que las asignaciones de cambios de centro de trabajo sean de manera presencial y por nivel educativo, a efecto de garantizar la transparencia y el derecho a la movilidad del magisterio.
El documento no incluye una referencia al mecanismo de bilateralidad en el proceso, es decir, donde está presente la autoridad educativa (que es el patrón) como su representación sindical, que ha sido una de las demanda de los trabajadores del sector educativo desde que entró en vigor la ley del Sistema para la Carrera de las Maestras y Maestros en 2019.
La SEP contará con 15 días hábiles desde la entrada en vigor de este acuerdo (a partir de este miércoles) para emitir los criterios de observancia general correspondientes, con los cuales estos cambios serían posibles.
Se recibirán las solicitudes de todas las maestras y los maestros que de manera voluntaria busquen cambiarse de adscripción. El único factor a tomar en cuenta será la antigüedad en el servicio, precisó. Las asignaciones de cambios de centro de trabajo deberán ser aplicadas para los procesos del sistema para la carrera de las maestras y los maestros correspondientes al ciclo escolar 2025-2026, así como en el marco de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.
En tanto, el de la edad de jubilación, confirma como se anunció este lunes en la conferencia presidencial, que considerará a las personas trabajadoras al servicio del Estado, que se encuentren dentro del supuesto del artículo Décimo Transitorio, fracción II, inciso a) de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste), a acceder a una pensión jubilatoria justa y digna, por lo que se detendrá y reducirá gradualmente la edad mínima para tener derecho a la pensión por jubilación, siempre que los trabajadores hubieren cotizado 30 años o más y las trabajadoras al servicio del Estado hubieran cotizado 28 años o más, y que no hayan optado por la acreditación de bonos de pensión del Issste.
La edad de jubilación en 2025 será de 56 años para mujeres y 58 para hombres. Será hasta 2028, que comenzará a reducirse, para que en 2034 se establezca en definitiva en 53 años para las mujeres y 55 para los hombres.